Los abogados constitucionalistas Daniel Sabasay y Andrés Gil Domínguez rechazaron la designación de los jueces Ariel Lijo y Manuel García – Mansilla que llevó adelante el Poder Ejecutivo por decreto.
Según Sabasay, quien también es director de la carrera de Posgrado de Derecho Constitucional de la Universidad de Buenos Aires, sostuvo que la decisión del Gobierno Nacional provocó “una grave crisis institucional”.
Por su parte, Gil Domínguez se explayó en su cuenta personal de X donde explicó el procedimiento que se establece la Constitución Nacional con el fin de preservar la división de poderes y, por consecuencia, garantizar el sistema republicano y la democracia.
Asimismo, aclaró que también existe “un mecanismo excepcional de interpretación y aplicación restrictiva” donde le cede al Poder Ejecutivo Nacional “la potestad de designar a miembros” de Corte Suprema de Justicia (CSJN) en comisión, pero no en cualquier caso sino “cuando se produzca una vacante durante el receso de la Cámara de Senadores, exista una situación inusual que lo justifique y casos que deben ser resueltos sin poder esperar a que se cumpla el procedimiento regular”.
“Ambos procedimientos no son equiparables o disponibles por el Poder Ejecutivo en igualdad de condiciones. No puede iniciar un mecanismo y si no obtiene los consensos necesarios para recurrir al otro. Es más, una vez iniciado el mecanismo regular, el Poder Ejecutivo no está constitucionalmente habilitado para utilizar respecto de los mismos candidatos el mecanismo de excepción. De lo contrario, un Presidente podría utilizar indefinidamente el mecanismo alternativo sin requerir la aprobación de la Cámara de Senadores”, planteó Gil Domínguez.